12 preguntas y 12 respuestas sobre el Motu proprio del Papa Francisco Antiquum Ministerium en el que instaura el Ministerio del Catequista.
Manuel María Bru. Delegado Episcopal de Catequesis de la Archidiócesis de Madrid
ARTÍCULO PUBLICADO EN ALETIA:
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TEXTO DEL ARTÍCULO CON APARATO CRÍTICO:
DOCUMENTO EN PDF: MINISTERIO DE CATEQUISTA 12 preguntas y 12 respuestas
LAS PREGUNTAS:
- ¿Qué es un “motu proprio” del Papa?
- ¿Por qué se llama este motu proprio Antiquum Ministerium?
- ¿Qué significa un nuevo “ministerio” laical en la Iglesia?
- ¿En qué consiste este nuevo ministerio en la Iglesia?
- ¿Cuándo y por qué se planteo la necesidad de este ministerio?
- ¿Cuáles son las demás razones por las cuales se instaura este ministerio?
- ¿Cuáles han sido hasta ahora las dudas con respecto a la instauración de este ministerio en el debate eclesial?
- ¿Cómo responde el Papa a las dudas sobre la instauración de este ministerio?
- ¿Qué significa para las iglesias diocesanas la instauración de este ministerio?
- ¿Qué significa para la teología de los ministerios en la Iglesia esta decisión?
- ¿Qué condiciones habrán de tener los candidatos a este ministerio?
- ¿Quiénes tiene a partir de ahora que poner en marcha el proceso para su instauración?
LAS RESPUESTAS:
¿Qué es un “motu proprio” del Papa?
- “Motu proprio” significa en latín “por iniciativa propia”. En el lenguaje eclesiástico se utiliza para nombrar una carta magisterial con consecuencias canónicas, a través de la cual no sólo se manda un mensaje pastoral, sino que se toma una decisión de gobierno, en este caso por parte del obispo de Roma, sucesor de Pedro, y cabeza de la Iglesia católica.
- Por eso, en esta carta apostólica el Papa dice expresamente, tras calibrar los antecedentes y los motivos para tomar esta decisión: «En consecuencia, después de haber ponderado cada aspecto, en virtud de la autoridad apostólica, instituyo el ministerio laical de Catequista»[1].
¿Por qué se llama este motu proprio Antiquum Ministerium?
- Porque, como dice el presidente de la Asociación Española de Catequetas, Álvaro Ginel, “nos remonta a los orígenes de la Iglesia y allí descubrimos una comunidad cristiana organizada con carismas diversos, donde cada uno cumple su función para la edificación de la comunidad entera. Este detalle del nombre es importante porque no se trata de una novedad, sino de una manera sinodal de entenderse la misma comunidad cristiana ayer y hoy”[2].
- Es decir, que el ministerio no se lo inventa el Papa, sino que lo que hace el Papa es dar forma oficial y estable a una realidad que se remonta al minuto “0” de la vida de la Iglesia, cuando encuentra su primera forma germinal en los “maestros” (unido al profético y al testimonial o martirial), a los que San Pablo hace referencia al escribir a la comunidad de Corinto (1 Cor. 12, 28-31), así como con la diversidad de carismas en su carta a los Gálatas (Gal. 6,6), como el carisma de la “instrucción en la Palabra”, texto en el que, “como se constata, añade una peculiaridad fundamental: la comunión de vida como una característica de la fecundidad de la verdadera catequesis recibida”[3].
- De tal suerte que, “desde sus orígenes, la comunidad cristiana ha experimentado una amplia forma de ministerialidad que se ha concretado en el servicio de hombres y mujeres que, obedientes a la acción del Espíritu Santo, han dedicado su vida a la edificación de la Iglesia”[4].
¿Qué significa un nuevo “ministerio” laical en la Iglesia?
- Ministerio significa servicio. La Iglesia distingue entre ministerios ordenados (tres niveles del sacramento del orden: episcopado, presbiterado y diaconado) y ministerios laicales.
- La Iglesia tiene, a partir de ahora, tres ministerios laicales reconocidos oficialmente: el ministerio del lector, el ministerio del acólito, y el ministerio del catequista. Un ministerio designa un encargo eclesial permanente, que identifica una vocación específica dentro de la vocación laical, y una dedicación comprometida y estable con un servicio concreto.
- Esto no quiere decir que todos los lectores laicos en las celebraciones litúrgicas tengan que recibir esta institución, ni todos los que acolitan en dichas celebraciones, ni a partir de ahora todos los catequistas, tengan que recibir esta institución. Sólo aquellos que, habiéndose ofrecido para recibirlo, y tras un discernimiento eclesial, son designados oficialmente para ello, recibiendo una especial formación, y comprometiéndose a este servicio de un modo estable, no ocasional.
¿En qué consiste este nuevo ministerio en la Iglesia?
- Consiste en “un servicio estable que se presta a la Iglesia local, según las necesidades pastorales identificadas por el Ordinario del lugar, pero realizado de manera laical cómo lo exige la naturaleza misma del ministerio», designado a aquellos catequistas considerados aptos para ello.
- Se trata de un ministerio ligado a la vocación del laico, “discípulo-misionero”[5], que se realiza en un servicio concreto y con un acento vocacional concreto del “como” ser misionero, unido inseparablemente del ser discípulo, ya que, como recuerda siempre el Papa Francisco a los catequistas, se “es” catequista, antes y como condición previa a “se da” catequesis. El motu proprio lo explica así: “Este ministerio posee un fuerte valor vocacional que requiere el debido discernimiento por parte del Obispo y que se evidencia con el Rito de Institución”[6].
¿Cuándo y por qué se planteo la necesidad de este ministerio?
- El Papa responde a un clamor histórico, especialmente insistente desde el Concilio Vaticano II, el clamor porque la Iglesia confirmase formalmente que existe un ministerio laical catequético en la Iglesia.
- Si el Concilio confirmó la importancia de la teología de los ministerios en la Iglesia, e impulsó la misión de los catequistas, y a su vez revalorizó la necesidad de una catequesis de iniciación cristiana, por la cual “se hacen cristianos”, esta doble revalorización, la de los ministerios laicales y la de los catequistas laicos en la Iglesia, estaba destinada indefectiblemente a la propuesta del ministerio del catequista.
- Y todo ello en el contexto de otras dos “revalorizaciones” conciliares: la de la misión del laico en la Iglesia, desarrollada en el capítulo IV de la Constitución Apostólica Lumen Gentium[7], y la de la transmisión orgánica de la transmisión de la Fe apuntada en la Constitución Apostólica Dei Verbum[8].
- Más concretamente, lo planteó Pablo VI después del Concilio, tanto en su carta Ministeria Quaedam, de 1972, al adaptar los ministerios de lector y de acólito al momento histórico[9], como en Evangelii nuntiandi de 1975, en la que menciona el ministerio del catequista en relación con la vocación de aquellos seglares llamados a colaborar con sus pastores en el servicio a la comunidad eclesial[10]
¿Cuáles son las demás razones por las cuales se instaura este ministerio?
- La importancia de los catequistas laicos, en virtud de su bautismo, sin dejar de ser el obispo el primer catequista en su diócesis, y sin desdeñar la responsabilidad de los padres en la transmisión de la fe a sus hijos.
- Importancia de la misión de los catequistas, “maestros y mistagogos, acompañantes y pedagogos”, en el proceso de la iniciación cristiana: primer anuncio, catequesis de iniciación, catequesis de formación permanente.
- La necesidad de enriquecer la vida de la comunidad cristiana con el reconocimiento de ministerios laicales capaces de contribuir a la transformación de la sociedad.
- La percepción de que «recibir un ministerio laical como el de Catequista da mayor énfasis al compromiso misionero propio de cada bautizado, que en todo caso debe llevarse a cabo de forma plenamente secular sin caer en ninguna expresión de clericalización»[11].
- El reto hoy de la catequesis de inculturarse en este mundo globalizado y que requiere un gran esfuerzo de innovación y creatividad en sus métodos.
¿Cuáles han sido hasta ahora las dudas con respecto a la instauración de este ministerio en el debate eclesial?
- La mayoría de los detractores de esta institución no han puesto en duda la importancia en la vida de la Iglesia del servicio de los catequistas, ni el mérito extraordinario de los catequistas, pero han pensado que la instauración de un ministerio oficial del catequista podría menoscabar la relación directa entre la catequesis y el ministerio del obispo, la responsabilidad primaria de los padres en la iniciación cristiana de sus hijos, o la clericalización de los laicos catequistas.
- Una cuarta pega, común entre lo que rechazan toda medida más o menos novedosa, es la de aquellos recelosos a cualquier iniciativa que trate de responder a las sugerencias de las “iglesias jóvenes” (tierras “de misión” o iglesias de recién implantación), sobre todo en el continente africano o en la Amazonia americana, planteadas en las últimas asambleas sinodales sobre estas iglesias.
- Hasta la publicación de este motu proprio este debate se daba en el contexto de una cuestión abierta sobre la que la autoridad suprema de la Iglesia no había tomado ninguna decisión, pero una vez tomada, el debate se inscribe en un contexto de comunión eclesial completamente distinto, pues, como dice el dicho popular, “Roma locuta, causa finita”.
¿Cómo responde el Papa a las dudas sobre la instauración de este ministerio?
- En el mismo motu proprio el Papa Francisco responde a estas dudas, acudiendo incluso a los cánones del Derecho Canónico, pero sobre todo a la auténtica eclesiología de comunión de los ministerios:
- El ministerio del catequista no menoscaba la relación directa entre la catequesis y el ministerio del obispo. Al contrario. Del mismo modo como los sacerdotes participan de la acción catequética en su particular ministerio de colaboración con los obispos, los laicos lo hacen desde su particular vocación apostólica, “sin ningún menoscabo a la misión propia del Obispo, que es la de ser el primer catequista en su Diócesis junto al presbiterio, con el que comparte la misma cura pastoral (…). Es necesario reconocer la presencia de laicos y laicas que, en virtud del propio bautismo, se sienten llamados a colaborar en el servicio de la catequesis (cf. CIC c. 225; CCEO cc. 401. 406)”.
- Es más, queda bien clara entre las condiciones para recibir este ministerio, el que los candidatos al ministerio de la catequesis lo puedan ejercer en estrecha colaboración con los sacerdotes y los diáconos[12]. Pero sobre todo queda bien claro que el obispo debe reconocer los servicios y carismas de los laicos para que sea la misión evangelizadora de las diócesis nazca de la comunión[13]. Y que “es bueno recordar que además de este apostolado los laicos también pueden ser llamados de diversos modos a una colaboración más inmediata con el apostolado de la Jerarquía, al igual que aquellos hombres y mujeres que ayudaban al apóstol Pablo en la evangelización, trabajando mucho por el Señor (Lumen gentium, 33)[14].
- El ministerio del catequista, por otro lado, no menoscaba tampoco “la particular responsabilidad de los padres respecto a la formación cristiana de sus hijos (cf. CIC c. 774 §2; CCEO c. 618)”[15]. Como explicó el Monseñor Rino Fisichella, presidente de la Comisión Pontifica para la Nueva Evangelización, dicasterio romano encargado de la catequesis, en la presentación de este motu proprio, la experiencia en todo el mundo de mutua colaboración entre los padres más concienciados y los catequistas en la iniciación cristianas de sus hijos avala lo irreal de esa supuesta competencia.
- Con respecto al previsible peligro de la clericalización de los laicos catequistas, el Papa lo menciona explícitamente en el motu proprio con estas palabras: “Recibir un ministerio laical como el de Catequista da mayor énfasis al compromiso misionero propio de cada bautizado, que en todo caso debe llevarse a cabo de forma plenamente secular sin caer en ninguna expresión de clericalización”[16]. Pero el Papa no sólo pide que se cuide esta “forma plenamente secular” a la hora de instaurar en cada iglesia particular este ministerio, sino que explica como la vocación que lo sustenta no sólo no entra en contradicción, sino que, aunque se desarrolle en los ámbitos intraeclesiales, forma parte de la genuina vocación laical en el ámbito de las realidades temporales, aunque sea en su retaguardia, pues se trata del “reconocimiento de ministerios laicales capaces de contribuir a la transformación de la sociedad mediante la penetración de los valores cristianos en el mundo social, político y económico (Evangelii gaudium, 102)”[17].
- Basta con pensar en la importancia que tiene la labor de los catequistas en la iniciación cristiana, en la que la Doctrina Social de la Iglesia es fundamental, pues esta iniciación no va dirigida solo a enseñar la fe, sino a promover la vivencia de la fe.
- A lo que habría que añadir que, dado que como dice el Papa Francisco se es catequista 24 horas al día, es evidente que “su vida cotidiana está entrelazada con vínculos y relaciones familiares y sociales que permiten verificar hasta qué punto están especialmente llamados a hacer presente y operante a la Iglesia en aquellos lugares y circunstancias en que sólo puede llegar a ser sal de la tierra a través de ellos” (Lumen gentium, 33)”[18].
- Con respecto a los que no atienden la especial demanda de este ministerio en algunas iglesias jóvenes, el Papa recurre al Concilio Vaticano II para resaltar la importancia de los catequistas en estas iglesias jóvenes: “Digna de alabanza es también esa legión tan benemérita de la obra de las misiones entre los gentiles, es decir, los catequistas, hombres y mujeres, que llenos de espíritu apostólico, prestan con grandes sacrificios una ayuda singular y enteramente necesaria para la propagación de la fe y de la Iglesia. En nuestros días, el oficio de los Catequistas tiene una importancia extraordinaria porque resultan escasos los clérigos para evangelizar tantas multitudes y para ejercer el ministerio pastoral”[19].
¿Qué significa para las iglesias diocesanas la instauración de este ministerio?
- Significa en primer lugar un especial reconocimiento a los catequistas y a su servicio a la diócesis, así como un impulso para suscitar esta vocación, sobre todo en los más jóvenes, a los que de modo especial a través de este ministerio también se les reconoce su creatividad, su participación y su protagonismo en la vida de la iglesia, sobre todo en relación con la “evangelización en el mundo contemporáneo (cf. Exhort. ap. Evangelii gaudium, 163-168), y a la imposición de una cultura globalizada (cf. Carta enc. Fratelli tutti, 100. 138), que reclama un auténtico encuentro con las jóvenes generaciones, sin olvidar la exigencia de metodologías e instrumentos creativos que hagan coherente el anuncio del Evangelio con la transformación misionera que la Iglesia ha emprendido”[20].
- Significa en segundo lugar visibilizar aún más la importancia del envío misionero del catequista, ya que sin desdeñar los ritos de envío por parte del obispo en los que podrán participar todos los comprometidos a la catequesis año tras año pastoral, tanto el discernimiento de los obispos para la elección de los candidatos a este ministerio, como el rito mismo de institución del ministerio de la catequesis, supondrá una revalorización de la vocación catequética[21].
- Significa en tercer lugar una distintiva disponibilidad para la misión evangelizadora de la diócesis con la que cuentan los obispos, ya que, como explicó monseñor Fisichella en la presentación de este motu proprio, a partir de la instauración de este ministerio, el obispo podrá contar con la disponibilidad de un cuerpo de catequistas diocesanos instituidos para poder ir a aquellos lugares de la diócesis más necesitados de la catequesis.
¿Qué significa para la teología de los ministerios en la Iglesia esta decisión?
- Significa ampliar y resituar la teología de los ministerios en el marco de la amplia y variada misión de la Iglesia, ya que hasta ahora los únicos ministerios laicales reconocidos eran los del lector y el acólito, ambos vinculados al servicio del culto divino.
- Ahora, con el ministerio del catequista, vinculado directamente al servicio de la evangelización, quedan reconocidos en la potencialidad de estos ministerios laicales dos de las cuatro características de cada comunidad cristiana, que como dice el Papa Francisco, son la escucha de la predicación de los apóstoles, la comunión recíproca (que incluye la comunión de bienes de la caridad cristiana), la fracción del pan y la oración[22].
- Cabría, por tanto, que en un futuro se instaurase el ministerio de la caridad, que San Pablo VI mencionaba entre los nuevos “en apariencia” ministerios, a “catequistas, animadores de la oración y del canto, cristianos consagrados al servicio de la palabra de Dios o a la asistencia de los hermanos necesitados”[23], aunque para muchos el ministerio de la caridad está ya considerado desde el inicio de la vida de la Iglesia en el ministerio ordenado de los diáconos.
¿Qué condiciones habrán de tener los candidatos a este ministerio?
“Es bueno que en el ministerio instituido de Catequista se llamen hombres y mujeres
- de profunda fe y madurez humana,
- que participen activamente en la vida de la comunidad cristiana,
- que puedan ser acogedores, generosos y vivan en comunión fraterna,
- que reciban la debida formación bíblica, teológica, pastoral y pedagógica para ser comunicadores atentos de la vedad de la fe,
- y que hayan adquirido ya una experiencia previa de catequesis.
- que sean fieles colaboradores de los sacerdotes y de los diáconos, dispuestos a ejercer el ministerio donde sea necesario, y animados por un verdadero entusiasmo apostólico”[24].
¿Quiénes tiene a partir de ahora que poner en marcha el proceso para su instauración?
- “La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos procederá en breve a publicar el Rito de Institución del ministerio laical de Catequista”[25].
- Las Conferencias Episcopales han de “hacer efectivo el ministerio de Catequista, estableciendo el necesario itinerario de formación y los criterios normativos para acceder a él, encontrando las formas más coherentes para el servicio que ellos estarán llamados a realizar en conformidad con lo expresado en esta Carta apostólicas”[26].
- “Los Sínodos de las Iglesias Orientales o las Asambleas de los Jerarcas podrán acoger lo aquí establecido para sus respectivas Iglesias sui iuris, en base al propio derecho particular”[27].
- Y los pastores de cada diócesis han de «hacer efectivo el ministerio de Catequista para el crecimiento de la propia comunidad», movidos por la conciencia de “que no han sido instituidos por Cristo para asumir por sí solos toda la misión salvífica de la Iglesia en el mundo, sino que su eminente función consiste en apacentar a los fieles y reconocer sus servicios y carismas de tal suerte que todos, a su modo, cooperen unánimemente en la obra común” (Lumen gentium, nº 30)[28].
NOTAS:
[1] FRANCISCO. Carta apostólica en forma de motu proprio Antiquum Ministerium con el que se constituye el ministerio de catequista, nº 8 (10 de mayo de 2021)
[2] ALVARO GINEL. Boletín de AECA (mayo 2021), en www.aeca-catequetas.es.
[3] FRANCISCO. Carta apostólica en forma de motu proprio Antiquum Ministerium (documentado citado), nº 1
[4] Ibid, nº 2.
[5] Ibid., nº 8.
[6] Ibid.
[7] “Los laicos congregados en el Pueblo de Dios e integrados en el único Cuerpo de Cristo bajo una sola Cabeza, cualesquiera que sean, están llamados, a fuer de miembros vivos, a contribuir con todas sus fuerzas, las recibidas por el beneficio del Creador y las otorgadas por la gracia del Redentor, al crecimiento de la Iglesia y a su continua santificación. Ahora bien, el apostolado de los laicos es participación en la misma misión salvífica de la Iglesia, apostolado al que todos están destinados por el Señor mismo en virtud del bautismo y de la confirmación”: CONCILIO VATICANO II. Constitución Apostólica Lumen Gentium, nº 33 (21 de noviembre de 1964).
[8] “Lo que enseñaron los Apóstoles encierra todo lo necesario para que el Pueblo de Dios viva santamente y aumente su fe, y de esta forma la Iglesia, en su doctrina, en su vida y en su culto perpetúa y transmite a todas las generaciones todo lo que ella es, todo lo que cree”: CONCILIO VATICANO II. Constitución Apostólica Dei Verbum, nº 8 (18 de noviembre de 1965).
[9] “Además de los ministerios comunes a toda la Iglesia Latina, nada impide que las Conferencias Episcopales pidan a la Sede Apostólica la institución de otros que por razones particulares crean necesarios o muy útiles en la propia región. Entre estos están, por ejemplo, el oficio de Ostiario, de Exorcista y de Catequista” SAN PABLO VI. Carta apostólica Ministeria Quaedam, nº 7 (15 de agosto de 1972).
[10] “Tales ministerios, nuevos en apariencia, pero muy vinculados a experiencias vividas por la Iglesia a lo largo de su existencia -por ejemplo, el de catequista […]-, son preciosos para la implantación, la vida y el crecimiento de la Iglesia y para su capacidad de irradiarse en torno a ella y hacia los que están lejos”: SAN PABLO VI. Exhortación apostólica Evangelii nuntiandi, nº 73 (8 de ciembre de 1975).
[11] FRANCISCO. Carta apostólica en forma de motu proprio Antiquum Ministerium (documentado citado), nº 7.
[12] Cf.: Ibid., nº 8.
[13] Cf.: Ibid., nº 11.
[14] Ibid., nº 6.
[15] Ibid., nº 5.
[16] Ibid., nº 8.
[17] Ibid., nº 5.
[18] Ibid., nº 6.
[19] CONCILIO VATICANO II. Decreto Ad gentes, nº 17 (7 de diciembre de 1975).
[20] FRANCISCO. Carta apostólica en forma de motu proprio Antiquum Ministerium (documentado citado), nº 5
[21] Ibid., nº 8.
[22] FRANCISCO. Catequesis en la Audiencia de los miércoles del 25 de noviembre de 2020.
[23] SAN PABLO VI. Exhortación apostólica post-sinodal Evangelii nuntiandi, nº 73.
[24] FRANCISCO. Carta apostólica en forma de motu proprio Antiquum Ministerium (documentado citado), nº 8
[25] Ibid., nº 8
[26] Ibid., nº 9.
[27] Ibid., nº 10.
[28] Ibid., nº 11.
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